El testamento de un gran civilista chileno

Gracias a la gentileza de un colega amigo, descendiente del gran civilista chileno, hemos podido conocer el testamento de don Luis Claro Solar, otorgado por escritura pública de fecha 12 de noviembre de 1936 en la Notaría de Santiago de don Manuel Gaete Fagalde. Nos parece interesante comentar la forma en que testó el tratadista que dedicara varios volúmenes a la sucesión por causa de muerte.

En primer lugar, llama la atención la sencillez con la que hace sus declaraciones y disposiciones de última voluntad, ciñéndose a las prácticas usuales en la redacción de los actos testamentarios abiertos ante notario y tres testigos. Don Luis hace referencia a su nacimiento en Santiago, el 20 de enero de 1857 –pocos días después de que entrara en vigor el Código Civil– como hijo legítimo del matrimonio formado por José Luis Claro Cruz y Amelia del Solar Marín. Luego declara ser casado con María Victoria Salas Errázuriz, con la que tuvo ocho hijos, de los cuales dos murieron de corta edad y una, Lía, a la edad de 27 años en 1926, dejando dos hijos, nietos del testador: Lía y José. Los hijos que le sobreviven son María, Héctor, Victoria, Fernando y Gustavo. Declara también que no ha aportado al matrimonio “bienes de fortuna que valga la pena tomar en cuenta”, mientras que sí lo ha hecho su mujer con bienes provenientes de las herencias dejadas por sus padres, su abuelo materno, sus tíos y sus hermanos. Más adelante, dirá que los aportes de su mujer al matrimonio deberán serle restituidos en la liquidación de la sociedad conyugal “según es su derecho”. La nombra como albacea con tenencia de bienes y revoca cualquier testamento anterior.

La disposición de sus bienes contiene una institución de herederos universales y varios legados. Son instituidos como herederos universales sus cinco hijos y sus dos nietos que se llaman en representación de su madre premuerta. A su mujer le deja la cuarta de libre disposición descontados algunos legados que se imputan a ella, y sin perjuicio de su mitad de gananciales.

Una de sus más queridas posesiones era la biblioteca que había adquirido a lo largo de sus años de ejercicio profesional. Manifiesta que es su deseo “que la biblioteca que he formado y que tanto me ha servido sea conservada por mis hijos varones”. Por ello, dispone que si ellos deciden “conservarla en su ser” se les adjudique por partes iguales a sus tres hijos. Para ello dispone que se tase ya sea por acuerdo entre su cónyuge y los herederos instituidos o por perito y a ese valor se rebaje, con cargo a la cuarta de mejoras, una cantidad igual a la que dispone que lleven las hijas como indemnización de los seguros de vida que tenía contratados en las Compañías La Equitativa y la Nueva York que, no formando parte de los haberes, declara ser su voluntad que se distribuyan por mitades entre su mujer y sus tres hijas, siendo representada Lía por sus dos hijos. Se observa aquí un cuidado en el trato equitativo de sus descendientes: “es mi deseo –declara– mantener la igualdad en los haberes hereditarios de todos mis hijos”.

Otros legados instituye en sumas de dinero a favor de sus nietos y bisnietos, del Cuerpo de Bomberos, de la Liga de Estudiantes Pobres y de la Sociedad Protectora de la Infancia, todos de la ciudad de Santiago.

El legado a favor de nietos y bisnietos es de 5 mil pesos para cada uno, lo que deben deducirse de la cuarta de mejoras. Pero aquí encarga a su albacea que estos dineros se pongan en una Casa de Ahorros a interés y sólo se entregarán cuando el respectivo legatario cumpla 25 años, se case o reciba su título profesional.

El legado al Cuerpo de Bomberos de Santiago es por 3 mil pesos, y está condicionado a que no haya cambiado su “base altruista”. Esta disposición pone de manifiesto la relación de Claro con el cuerpo de bomberos, que se remonta a su padre que fue uno de los que fundaron esta institución después del incendio de la iglesia de La Compañía en 1863. El mismo don Luis Claro fue un miembro activo de la primera compañía y llegó a ser Superintendente de todo el Cuerpo.

Los legados a establecimientos de caridad como la Liga de Estudiantes Pobres y la Sociedad Protectora de la Infancia son también representativos del aprecio constante de Claro por el bienestar de los más desposeídos de la sociedad. Se observa que la muerte de su hija Lía caló muy hondo en su alma, ya que señala que el legado para la Sociedad Protectora de la Infancia es para que se financien dos camas que “llevarán el nombre de mi hija Lía”.

La austeridad de don Luis era conocida y se refleja también en su testamento, cuando recomienda a su albacea que sus funerales “sean modestos y no se gaste en ellos más de mil quinientos pesos y que sean absolutamente privados”.

Pero lo que más destaca en su larga y fecunda vida es su apasionado amor por el derecho. Al finalizar su testamento, don Luis recomienda a sus hijos, todos ellos abogados, que mantengan la comunidad de trabajo en la que han vivido y que no descuiden el estudio del derecho: “En él encontrarán –les enseña– la más pura satisfacción del espíritu y el valor moral que se necesita para sobrellevar las adversidades de la vida”.

Satisfacción espiritual y valor moral, dos frutos del estudio del derecho que don Luis Claro Solar consiguió con creces a lo largo de sus 88 años de vida. Por ello, al morir en 1945, casi nueve años después de su testamento, aún seguía trabajando en sus Explicaciones de Derecho civil, obra magna que dejaría lamentablemente inconclusa pero con 17 tomos que hasta el día de hoy constituyen el más importante tratado sobre el Código Civil de Bello.

A continuación, transcribimos el texto del testamento de don Luis.

 

Transcripción del testamento de Luis Claro Solar (agradecemos la ayuda de nuestro alumno José Danilo Romero)

 

Santiago de Chile, a doce de noviembre de mil novecientos treinta y seis, ante mí, Manuel Gaete Fagalde, Notario, abogado y testigos que se nombran al final, comparece en mi oficina calle de Huérfanos número mil doscientos treinta y cinco, a las once horas cincuenta minutos, don Luis Claro Solar, a quien conozco, y dice que procede a otorgar su testamento en la forma siguiente:

Primero. Declaro ser hijo legítimo de don José Luis Claro y Cruz y de doña Amelia del Solar y Marín, nacido en esta ciudad de Santiago de Chile, el veinte de enero de mil ochocientos cincuenta y siete y domiciliado en la calle de la Merced, número ochocientos quince de esta capital.

Segundo. Declaro ser casado con doña María Victoria Salas y Errázuriz y haber tenido en mi matrimonio los siguientes hijos que viven: María, Héctor, Victoria, Fernando y Gustavo, fuera de otros fallecidos en la infancia y de Lía que falleció dejando dos hijos, Lía y José habidos en su matrimonio con don José Barros y Hurtado. Instituyo por mis herederos universales a mis cinco hijos nombrados y a mis nietos Lía y José que representan en conjunto a mi hija Lía.

Tercero. Declaro que yo no he introducido al matrimonio bienes de fortuna que valga la pena tomar en cuenta y que solo mi mujer ha tenido aportes por herencia de su madre doña Victoria Errázuriz y Errázuriz, de su abuelo materno don Javier Errázuriz, de su padre don José Miguel Salas y Errázuriz, de sus tíos Daniel Errázuriz y José Manuel Salas y de sus hermanos María Luisa y Manuel José Salas y Errázuriz.

Cuarto. Dejo a mi mujer como legado la cantidad a que ascienda en la liquidación de mis bienes la cuarta de libre disposición después de descontados los legados que hago en la cláusula octava con imputación a esta cuarta de libre disposición. Esta asignación a mi mujer es sin perjuicio naturalmente de sus aportes que le serán restituidos según es su derecho y de la mitad de los gananciales que le corresponden en la liquidación de la sociedad conyugal.

Quinto. Es mi voluntad que los seguros de vida que tengo contratados con especificación de ser a favor de mi mujer, póliza número un millón quinientos veintiocho mil setecientos setenta y dos por cincuenta mil pesos en “La Equitativa” y de mi mujer y de mis hijos, póliza número un millón siete mil ciento ochenta y ocho, por veinte mil pesos, en la misma sociedad y número trescientos diez y ocho mil setecientos treinta y uno, también por veinte mil pesos, en la Nueva York no se la tomará en cuenta para el entero de sus haberes hereditarios, ni se considerarán en el cuerpo de bienes para cuyo efecto se entenderá que las primas pagadas durante mi vida han sido una deuda de la sociedad conyugal por lo cual no se debe recompensar tampoco a la sociedad conyugal ni se acumularán imaginariamente al cuerpo de bienes. El valor que se cobre de estas pólizas por capital y premio, es mi voluntad que se divida en la forma siguiente: la mitad para mi mujer y la otra mitad por partes iguales entre mis tres hijas María, Victoria y Lía, representada esta última por sus hijos Lía y José.

Sexto. Es mi deseo que la biblioteca que he formado y que tanto me ha servido sea conservada por mis hijos varones. Si ellos se deciden a conservarla en su ser, es mi voluntad que del valor que se le fije por mis herederos y mi mujer o en que sea tasada por el perito que se nombre se descuente una cantidad igual a la que mis hijas hayan obtenido en razón de los seguros a que se refiere la cláusula anterior, pues es mi deseo mantener la igualdad en los haberes hereditarios de todos mis hijos. En el caso indicado la biblioteca será adjudicada a mis tres hijos varones, por partes iguales, por el precio que se le asigne imputando a la cuarta de mejoras antes de distribuirse esta entre los legitimarios el descuento que según lo dicho deberá hacérsele.

Séptimo. Lego cinco mil pesos a cada uno de mis nietos y bisnietos. La suma total a que asciendan estos legados se deducirá también de la cuarta de mejoras antes de distribuirla. Mi albacea colocará estos legados en una Caja de Ahorros a interés, para que sean entregados al respectivo asignatario cuando cumpla veinticinco años, o se case, o reciba su título final en la profesión que hubiera elegido. Mientras tanto se irán acumulando los intereses al capital.

Octavo. Lego tres mil pesos al Cuerpo de Bomberos de Santiago para que se le entregue a la primera compañía. Si esta institución hubiera dejado de existir o se hubiera cambiado su base altruista que le ha servido de fundamento, este legado se entenderá por no escrito. Lego mil pesos a la Liga de Estudiantes Pobres de Santiago. Lego cinco mil pesos a la Sociedad Protectora de la Infancia de Santiago, para dos camas que llevarán el nombre de mi hija Lía.

Noveno. Nombro a mi mujer mi albacea con tenencia de bienes.

Décimo. Recomiendo a mi albacea que mis funerales sean modestos y no se gaste en ellos más de mil quinientos pesos y que sean absolutamente privados.

Undécimo. Recomiendo encarecidamente a mis hijos que mantengan la comunidad de trabajo en que hemos vivido y que no descuiden el estudio del derecho. En él encontrarán la más pura satisfacción del espíritu y el valor moral que se necesita para sobrellevar las adversidades de la vida.

Duodécimo. Revoco todo otro testamento anterior a éste.

El Notario que autoriza certifica: que el testador […] después de leída y firmada ante los testigos hábiles para testificar y de este domicilio, señores: don José Quiñones Henríquez, calle Santo Domingo número dos mil doscientos sesenta y ocho; Don Julio Jara Mardones, Calle San Antonio número doscientos cuarenta y ocho y don Oscar Pinto López calle Arturo Prat número quinientos ochenta y tres, quienes escucharon simultáneamente con el testador la lectura en alta voz que de este testamento efectuado en un solo acto no interrumpido. Se agregan al margen de cada hoja de este Registro las cuotas que son en estampillas para enterar el impuesto de cinco pesos y se da la copia en papel de diez pesos, conforme al artículo séptimo de la ley número cinco mil cuatrocientos treinta y cuatro; agregándose al pie de esta matriz un peso de impuesto en conformidad al artículo séptimo de la ley número cinco mil novecientos cuarenta y ocho, de fecha veinte de octubre recién pasado. Doy fe.

 

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4 comentarios en “El testamento de un gran civilista chileno”


  1. Gracias estimado profesor por este gran aporte histórico jurídico, que da cuenta de uno de los grandes maestros de todos los tiempos.

  2. israel esteban Says:

    Muchas gracias profesor


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